El trámite y la recepción de quejas y denuncias anónimas, se efectuará conforme a lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley 190 de 1995, el artículo 69 de la Ley 734 de 2002 y el artículo 81 de la Ley 962 de 2005. Para radicar una PQRSFD anónima ingrese a FORMULARIO y seleccione la opción de USUARIO ANÓNIMO.
El trámite y la recepción de quejas y denuncias anónimas, se efectuará conforme a lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley 190 de 1995, el artículo 69 de la Ley 734 de 2002 y el artículo 81 de la Ley 962 de 2005.
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